El grupo municipal de Izquierda Unida alega que no se cumple el principio de igualdad entre las empresas potencialmente adjudicatarias del contrato de concesión de obra
El grupo municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Lucena comunica la interposición de un Recurso Contencioso Administrativo contra el acuerdo del pleno del 30 de diciembre de 2024 por el cual se estimó parcialmente el recurso de reposición interpuesto por este grupo político contra el acuerdo de septiembre en el que se aprobó la tramitación de un estudio de viabilidad y la creación de una Comisión de Estudio para la tramitación de expediente de actividad económica.
Dicho expediente, contemplaba la propuesta de la Entidad Pública Empresarial “Aparcamientos Municipales de Lucena” para iniciar la tramitación de una estudio de viabilidad, registrado el 24 de mayo de 2024 por la mercantil HERCE-ICR APARCAMIENTOS, S.L, como actuación preparatoria para la licitación de un contrato de concesión de obras destinado a la construcción y explotación de un aparcamiento en la Huerta del Carmen.
Asimismo se solicitaba denegar la tramitación del estudio de viabilidad presentado por OHLA CONCESIONES, S.L.U, registrado el 7 de febrero de 2024.
Izquierda Unida recuerda que el plenario acordó, además, que la exposición pública del estudio de viabilidad se llevaría a cabo conjuntamente con la tramitación de la Memoria, y se decidió iniciar el expediente sobre la conveniencia y oportunidad de que el Ayuntamiento de Lucena asumiera la prestación del servicio económico derivado de la explotación del aparcamiento, designando para ello una Comisión de Estudio, cuya composición quedó establecida en dicho acuerdo.
Contra dicha resolución, el grupo municipal de Izquierda Unida, y tras haber votado en contra, interpuso un recurso de reposición, alegando la nulidad del procedimiento por diversas razones, entre las que destacan, según el concejal de Izquierda Unida, Miguel Villa, dos fundamentos jurídicos esenciales que a su juicio vulneran la legalidad:
- La quiebra del principio de igualdad entre las empresas potencialmente adjudicatarias del contrato de concesión de obra. Por los contactos previos con empresas del sector.
- La falta de competencia del Consejo de Administración de la EPEL, al haber resuelto las deficiencias señaladas por Auren, empresa encargada de analizar las memorias presentadas por las entidades concurrentes, ya que éstas no fueron dadas por subsanadas por la empresa especializada contratada (Auren), sino por el Consejo de la EPEL.
Izquierda Unida denuncia que la existencia de contactos previos entre el equipo de gobierno y determinadas empresas, en los que se mantuvieron reuniones y, posiblemente, se alcanzaron acuerdos, sin que conste su contenido ni se haya garantizado la transparencia del procedimiento, constituye el elemento clave que vicia de nulidad de pleno derecho todo el proceso.
Estos hechos, que se habrían producido antes de la apertura de cualquier procedimiento legal conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, podrían haber otorgado una ventaja indebida a las empresas finalmente seleccionadas por el equipo de gobierno del Partido Popular.
Dichas conversaciones y encuentros, según Izquierda Unida han sido reconocidas públicamente por el presidente de la EPEL, en un medio de comunicación. Por lo que según Villa refuerzan la sospecha de que el procedimiento pudo haberse visto condicionado por acuerdos previos ajenos a los principios de transparencia, concurrencia e igualdad que rigen la contratación pública.