El pleno del consistorio aprobaba con los votos a favor de Partido Socialista, Partido Popular y Ciudadanos y en contra de Izquierda Unida, del Reglamento de la Personas Defensora de la Ciudadanía del Ayuntamiento de Lucena, un cargo de nueva creación que, al igual que en otros municipios, se concibe para salvaguardar los derechos de los ciudadanos en relación con la Administración Municipal.
Según dicho reglamento, con la incorporación de una persona Defensora de la Ciudadanía también se incrementan los instrumentos de participación ciudadana del Ayuntamiento de Lucena, y se configura como un órgano que viene a completar el sistema de protección de derechos y libertades. Se convierte, por tanto, en una fórmula más de promoción de mecanismos de democracia participativa en la ciudad. Su incorporación supone un acercamiento de las personas a la Administración, con el objetivo de la mejora global del sistema administrativo y una eficaz prestación de servicios públicos.
Izquierda Unida, argumentaba su voto en contra, con la incorporación de una enmienda al reglamento, que fue desestimada por el resto de grupos políticos, y en la que solicitaban que el Defensor de la Ciudadanía no fuese ningún funcionario público ya que la persona designada debe dar una apariencia de imparcialidad que no se reflejaría en ese aspecto.
Desde el equipo de gobierno desestimaban la propuesta de Miguel Villa argumentando que aunque fuese un funcionario, la persona nombrada debería de contar con el apoyo de las 3/5 partes del pleno.
Según el reglamento, el cargo de persona Defensora de la Ciudadanía se configura como una institución cuyo fin será encauzar el diálogo entre la ciudadanía y la Administración Municipal, promover la tutela efectiva de los derechos e intereses ciudadanos, colectivos de personas y organizaciones sociales de nuestra ciudad en sus relaciones con el Ayuntamiento, atendiendo sus peticiones, reclamaciones, quejas y sugerencias, con objeto de conocer y analizar las dificultades que se puedan producir en la gestión y funcionamiento de los servicios que presta la Administración Municipal, así como el estudio y el seguimiento de los problemas que se susciten ante la misma.
La persona Defensora de la Ciudadanía tiene que cumplir sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, investigando, examinando y resolviendo los expedientes iniciados de oficio y dando trámite a los asuntos que se le formulen o promoviendo acciones a iniciativa propia.
Podrá ser elegida para este cargo cualquier persona física que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos y que goce de la condición de vecina de Lucena. Las candidaturas podrán ser presentadas por las personas interesadas, y conllevará un compromiso de aceptación del cargo en caso de resultar elegidos.
La ordenanza aprobada por el Consistorio lucentino prevé que un periodo de solicitud abierto, de modo que en cualquier momento las personas interesadas en ocupar alguno de los espacios ofertados puede presentar su proyecto.
El desempeño del cargo tendrá carácter honorífico y su desempeño podrá venir acompañado de la retribución o indemnización que, en su caso, se disponga en los Presupuestos Municipales, siempre que el Pleno Municipal así lo estime oportuno.