El Ayuntamiento de Lucena abre hoy viernes el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas del Programa Reemprende, la convocatoria extraordinaria de subvenciones dirigida a reactivar la actividad económica del sector comercial y empresarial local más afectado por la crisis sanitaria.
Con un presupuesto global de 300.000 euros, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia y las empresas de hasta 5 trabajadores incluidos a tiempo completo, que se hayan visto afectados por el cese temporal de su actividad a raíz de la propagación del coronavirus. Para el caso de que las empresas cuenten con trabajadores contratados en un porcentaje inferior al 100% de la jornada, se considerará la suma de dichos porcentajes, hasta alcanzar el cómputo de un trabajador a jornada completa.
En el caso de profesionales autónomos, las bases exigen tener el alta en vigor en la fecha de la declaración del estado de alarma, aunque también incluyen una mención especial a aquellas actividades que se presten en intervalos discontinuos en el tiempo: aquí se pide estar afiliado como autónomo/a y con el alta en vigor en el ejercicio anterior en los meses correspondientes al periodo de vigencia del estado de alarma, en un guiño al sector de los feriantes al que el estallido de la crisis les sorprendió fuera del periodo de su actividad económica.
El plazo para la entrega de la documentación concluye el 20 de agosto y la tramitación sólo se hace a través del trámite específico habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento a la que se accede mediante la web municipal www.lucena.es. La cuantía de las subvenciones oscila entre los 400 y los 1.000 euros, en función de la puntuación obtenida por cada solicitante en base a los criterios de valoración establecidos.
Así, las bases de esta convocatoria fijan como elementos a tener en cuenta en cada solicitud la antigüedad del alta en la actividad, el número de trabajadores a fecha de declaración del estado de alarma incluido la persona promotora de la ayuda, la pertenencia a una asociación sectorial o haber realizado una inversión en equipos o instalaciones en el año anterior, entre otras cuestiones a tener en cuenta.
En cuanto a la justificación de las ayudas, el programa Reemprende fija una amplia variedad de gastos a presentar por cada beneficiario: certificados de calidad, material de higiene y servicios de limpieza y desinfección, servicios de asesoramiento/gestión de las ayudas vinculadas a la COVID- 19, reformas o adaptaciones del local de negocio, proyectos de innovación tecnológica, publicidad y cuotas de los préstamos hipotecarios o personales por compra de instalaciones.
También serán subvencionables los gastos correspondientes al recibo del IBI, el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica adscritos a la actividad empresarial y recogida de residuos sólidos urbanos y el impuesto de matriculación de vehículos nuevos adscritos a la actividad empresarial referente a 2020 ó el gasto correspondiente al recibo del IAE.
La concejala de Formación para el Empleo, Fomento y Desarrollo Empresarial, Teresa Alonso, ha hecho un llamamiento a los profesionales autónomos y pequeñas empresas para que “participen de esta convocatoria de subvenciones, que forman parte de ese amplio paquete de ayudas que el Ayuntamiento está ofreciendo a la ciudadanía para hacer frente a la dura realidad que la covid-19 ha provocado en muchas familias lucentinas”.
Para Alonso, los objetivos de estas ayudas pasan por “mantener y promover la creación de empleo auxiliando al empresariado en su reincorporación a la actividad con plenas garantías de seguridad sanitaria e impulsando la digitalización de los modelos de negocio”, en un momento en el que “parte de nuestras empresas se enfrentan al reto de buscar nuevas opciones, de reinventarse, para conseguir así reemprender su negocio”.
Una vez se estudien las solicitudes presentadas, el Ayuntamiento espera resolver la convocatoria a lo largo del mes de septiembre. Hay contemplado un primer pago del 75% de la subvención concedida al momento de la aprobación y el 25% restante al final del proceso tras la presentación de la documentación acreditativa de los gastos.