La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha dado luz verde a una nueva convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de cara al ejercicio 2019. En este sentido, el Ayuntamiento Lucena actúa un año más como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas a las personas beneficiarias.
El plan, cuyo plazo de presentación de solicitudes arrancó el pasado 2 de julio y estará abierto hasta el próximo 1 de agosto, parte con el objetivo de garantizar la seguridad estructural de los edificios y viviendas, optimizar las condiciones de habitabilidad, adaptar las mismas para su uso a personas mayores o con discapacidad, así como la mejora de la eficiencia energética de los edificios y las viviendas.
Así, la Delegación de Vivienda ha informado que las solicitudes se pueden presentar en el registro de entrada del Ayuntamiento, en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio o en los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requisitos para la obtención de subvenciones
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas y comunidades de propietarios promotoras de actuaciones que reúnan los requisitos establecidos en la Base Quinta de los Anexos I para Edificios y II para Viviendas, establecidos en la Orden de 14 de enero de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de dichas ayudas.
Asimismo, la solicitud deberá de estar acompañada de un informe técnico suscrito por un técnico competente ajeno a esta Administración, y a cargo del solicitante, con fecha anterior a la solicitud de la subvención, que acredite los requisitos contemplados en las letras b), c), e) y f) del Anexo II para la rehabilitación de viviendas, y letras b), c) y 3) del Anexo I para la rehabilitación de edificios, así como la necesidad de las actuaciones a realizar en el edificio, conforme a lo establecido en la Orden de 14 de enero de 2019.
Las bases reguladoras para estas subvenciones y demás normativa, los modelos de solicitud y de informe técnico (en modo editable), así como el tutorial para su cumplimentación, se encuentran en el siguiente enlace de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Para más información puede acudir a la Delegación de Urbanismo, situada en el Pasaje Cristo del Amor, número 1, o llamar al teléfono de atención a la ciudadanía de la Junta de Andalucía (955 06 26 27).