Un bando municipal establece el cierre de la zona de merenderos a la 1 de la madrugada y refuerza la vigilancia en Lucena

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 BANDO – 2/ 2 0 21JUAN PÉREZ GUERRERO, ALCALDE DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE LUCENA, HACE SABER:
Que debido a los datos de contagios por Covid-19, con una tasa acumulada, en losúltimos catorce días, de 631,8 casos por cada 100.000 habitantes y de 315,9 semanal, quetienen su origen, entre otros, en la irrupción de la variante Delta y en el aumento de laactividad social, propia de la época estival, y al objeto de favorecer su contención y evitar, porotra parte, alcanzar índices que obliguen a la aplicación de medidas restrictivas y entre ellasla limitación de la movilidad entre las 2:00 horas y las 7:00 horas, se hace necesario recordara la ciudadanía las siguientes medidas de precaución y aplicación:
PRIMERO.- Las personas que hayan estado en contacto con algún caso positivo han depermanecer en aislamiento en su domicilio. También deberán restringir al máximo el contactocon las personas con las que conviven y estar localizables a lo largo del periodo deseguimiento.
SEGUNDO.- Se recuerda la prohibición, en todo el término municipal de Lucena, derealizar botellones y otras concentraciones de índole similar en dominio público. Lasactividades debidamente autorizadas contarán con control de aforo y medidas que garanticenla separación interpersonal, con independencia de cuantas otras adiciones se estimenoportunas establecer, observando, por parte de la Policía Local y Fuerzas y Cuerpos deSeguridad del Estado, la vigilancia estricta de dicha instrucción, de tal manera que suincumplimiento conllevará la imposición de las sanciones que, en su caso, procedan y seande aplicación. Asimismo, ante una mayor probabilidad de contagios, se ruega especialprecaución y extremo, si cabe, por parte de las personas que todavía no han sido vacunadaso solo han recibido la primera dosis.Del igual modo, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, porparte de los agentes de Policía Local se intensificará la vigilancia para detectar y controlarfiestas, reuniones o similares en domicilios o propiedades privadas.
TERCERO.- Se recuerda a la ciudadanía la necesidad de cumplir con todas lasrecomendaciones marcadas por las autoridades sanitarias: distancia interpersonal mínima de1,5 metros; uso de mascarillas y lavado de manos con agua y jabón o soluciónhidroalcohólica. Se hace, por tanto, una llamada a mantener la responsabilidad personal ycolectiva.
CUARTO.- Se mantiene, por parte de la Delegación de Juventud de este Ayuntamiento, larealización de videos y otras campañas informativas en redes sociales que favorezcan laconcienciación y la responsabilidad personal y colectiva de la ciudadanía, como métodoeficaz para combatir adecuadamente la evolución de la pandemia y destacando, lacolaboración e implicación ciudadana eficaz y eficiente a lo largo de toda la crisis sanitaria.

QUINTO.- Continuará la realización de controles aleatorios de alcoholemia yestupefacientes, al menos en los 15 días posteriores a la publicación del presente bandomunicipal.

 SEXTO.- Todas las zonas públicas habilitadas como merenderos permanecerán cerradasdesde las 1:00 horas hasta las 8:00 horas de la mañana.
SÉPTIMO.- Disponer la colaboración del personal de Protección Civil para llevar a cabocampañas informativas y de prevención en lugares públicos, de ocio y afluencia de personas,de manera especial, los días 23, 30 y 31 de julio.
OCTAVO.- El seguimiento y evaluación de las medidas y recomendaciones será continuo yse procederá a su revisión y readecuación inmediata, si resultara necesario, de conformidadcon los índices de contagios que se alcancen en las próximas jornadas, así como de lapresión hospitalaria por hospitalización.Lo que se hace público para general conocimiento y obligado cumplimiento.En Lucena, a 22 de julio de 2021
EL ALCALDE,