Empleo ayuda a los autónomos a conciliar su vida laboral y familiar con incentivos de hasta 7.200 euros

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Las ayudas están destinadas a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo vuelve a convocar, tras su publicación hoy lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), dos líneas de subvenciones destinadas exclusivamente a personas trabajadoras autónomas para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Se incluyen, por un lado, incentivos para la contratación de personas en desempleo en su actividad económica, lo que les permitiría el cuidado de sus hijos e hijas menores de tres años; y por otro, la posibilidad de contratar para su negocio una persona que le cubra en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Estas subvenciones forman parte de la orden reguladora de la Consejería de Empleo aprobada en octubre del año 2020, que recoge hasta nueve líneas distintas de ayudas destinadas a cubrir un amplio abanico de posibilidades, desde el trabajo a distancia, el cuidado de menores y de personas en situación de dependencia, y hasta la promoción de actividades lúdicas extraescolares por parte de las corporaciones locales.

Las subvenciones publicadas corresponden a las líneas 4 y 5 dirigidas únicamente a las personas trabajadoras autónomas, que a partir de mañana 25 de julio de 2023 ya podrán solicitarlas de forma telemática rellenado los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la Consejería.

El plazo continuará abierto hasta el 30 de septiembre de 2023, salvo que, tal como establece la convocatoria, se agote el crédito establecido, fijado en 578.000 euros de euros para ambas líneas de subvenciones, en cuyo caso se comunicaría a través de una resolución. En el caso de la provincia de Córdoba el crédito disponible es de 62.348 euros.

La línea 4 incentiva con 6.000 euros a las personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo que contraten a personas en desempleo durante 12 meses, o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo o hija cumpla 3 años, para que trabajen en su actividad económica o profesional mientras cuidan de sus hijos o hijas, ya sea por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente. La contratación podrá ser bajo cualquier modalidad, pudiendo ser a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales.

La contratación deberá suponer, además, un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial. Los 6.000 euros pueden elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo.

 La línea 5 está dirigida a facilitar a las mujeres trabajadoras autónomas su sustitución en sus negocios en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para el contrato de interinidad (denominado tras la reforma laboral del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, contrato de sustitución), en los supuestos de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, por un periodo máximo de ocho meses.